Page 25 - ESTATUTO ASOCIACIÓN DE DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES. ADUNAM
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alcance el treinta por ciento (30%) de los votos obtenidos por la lista ganadora, la
Comisión Directiva quedará integrada del siguiente modo: Secretario General;
Secretario Adjunto; Secretario Gremial; Secretario de Prensa y Difusión, Tesorero;
Secretario de Actas; Secretario de Acción Social y Derechos Humanos; Vocal Titular
1º; Vocal Titular 2º; Vocal Suplente 1º; corresponderá a los diez (10) primeros
candidatos de la lista más votada y Vocal Titular 3º; Vocal Suplente 2º y Vocal
Suplente 3º a los tres (3) primeros candidatos de la segunda lista más votada.
ARTICULO 68º: Los miembros salientes de la Comisión Directiva, deberán hacer
entrega de sus cargos a los sucesores, reunidos en pleno en la fecha correspondiente,
labrándose las actas respectivas con un inventario general y estado financiero. Cada
miembro de la Comisión Directiva, el día anterior o posterior a la reunión, entregará al
miembro que lo reemplace todos los elementos que posee, libros, archivos y demás
documentación, labrándose la respectiva acta, así como una información general que
permita al sucesor un mejor desempeño. De todo lo actuado en esta oportunidad se
formará un solo legajo para archivar como antecedente.
CAPITULO VIII
DEL PATRIMONIO Y FONDOS SOCIALES
ARTICULO 69º: El patrimonio de la Asociación estará formado por:
a) Las cuotas mensuales de los afiliados y contribuciones extraordinarias de éstos,
resueltos por Asambleas.
b) Las contribuciones provenientes de la concertación de convenciones colectivas de
trabajo, de acuerdo con lo establecido por el Art. 45º de la Ley Nº 22.105; y el Art. 27º
del Decreto Nº 640/80.
c) Los bienes que se adquieren con los fondos de la entidad, sus frutos e intereses.
d) Recursos ocasionales que no contravengan las disposiciones de este Estatuto y la
Ley.