Page 41 - CONVENIO COLECTIVO PARA DOCENTES UNIVERSIDADES NACIONALES. ADUNAM
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Artículo 3.- Duración referencial de la hora cátedra
La duración referencial establecida para la hora cátedra de nivel medio, terciario y/o superior será de 40
minutos. La equivalencia entre la hora reloj y la hora cátedra será de 1 hora cátedra = 0,6667 hora reloj;
1 hora reloj = 1,5 horas cátedra
La liquidación salarial deberá efectuarse siguiendo las cargas horarias establecidas en cada Institución
Universitaria Nacional, abonándose las proporcionalidades que surjan.
Artículo 4.- Niveles Preuniversitarios. Categorías:
Establécense las siguientes relaciones entre las remuneraciones de las categorías docentes de niveles preu-
niversitarios:
DEDICACION ÍNDICE
CATEGORIA SEMANAL
(en horas reloj) (por hora reloj)
Preceptor 25 0,4800
Subjefe de Preceptores 25 0,5333
Jefe de Preceptores 25 0,5760
Bibliotecario 25 0,4800
Jefe de Biblioteca 25 0,5760
Prof. de Equipo de Orientación 20 0,7000
Ayudante Equipo de Orientación 12 0,5833
Rector / Director 25 1,3500
Vicerrector / Vicedirector 25 1,1921
Regente 25 0,8000
Subregente 25 0,6800
Asesor Pedagógico 25 0,8395
Secretario 25 0,8000
Prosecretario 25 0,6800
Maestro Jardín Maternal 20 0,7066
Maestro Jardín de Infantes 20 0,6867
Maestro Especial Nivel Inicial 20 0,7882
Maestro de Grado 20 0,6667
Maestro Especial Nivel Primario 20 0,7882
Profesor 15 Hs. Cát. Niv. Medio 10 1,0000
Maestro Coordinador 25 0,5664
Ayud. Clases Práct. N. Medio 12 0,5320
Jefe De Trab. Práct. N. Medio 12 0,6384
Ayudante Tco. de Trab. Práct. 12 0,5320
Maestro de Enseñanza Práctica 16 0,7000
Maestro de Ens. Práct. Jefe de S. 16 0,7700
Jefe Gral. de Enseñanza Práct. 16 0,8400
Jefe Gral. Taller de Enseñanza Práct. 16 0,9100
Profesor 12 Hs. Cátedra Nivel Superior 8 1,2500
Ayud. Clases Pract. Niv. Sup. 12 0,6650
Jefe Trabajos Pract. Niv. Sup 12 0,7980
Jefe/Director/Coordinador de Depto. 15 1,0500
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